Director de Seguridad Externo Habilitado
Director de Seguridad habilitado que actúa como responsable externo de la seguridad integral de la organización.
Qué hace un Director de Seguridad externo
La Ley de Seguridad Privada exige que determinados establecimientos cuenten con un Director de Seguridad habilitado. Esta figura puede cubrirse de forma externa, con las mismas garantías legales que la contratación interna y sin el coste de una dedicación exclusiva.
- —Asunción de las funciones del Director de Seguridad conforme a la Ley 5/2014
- —Elaboración y actualización del plan de seguridad del establecimiento
- —Interlocución con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
- —Supervisión de los servicios de seguridad privada contratados
- —Gestión de incidentes de seguridad y coordinación de la respuesta
- —Control del cumplimiento normativo de seguridad privada en el establecimiento
- —Informes periódicos a la dirección sobre el estado de la seguridad
- —Representación de la empresa ante inspecciones del Ministerio del Interior
Cómo asumimos la dirección de seguridad
01
Alta y formalización
Formalizamos la relación con el establecimiento, comunicamos la designación a la autoridad competente y auditamos la situación inicial de seguridad.
02
Gestión activa
Asumimos las funciones legales: relación con las FCSE, supervisión de los servicios de seguridad privada contratados y gestión de incidentes.
03
Reporting y cumplimiento
Elaboramos los informes periódicos requeridos, mantenemos actualizado el plan de seguridad y aseguramos el cumplimiento normativo continuado.
300+
Empresas asesoradas
1.000+
Proyectos completados
25+
Años de experiencia
Otros servicios de asesoría
Asesoría integral de Seguridad
Acompañamiento continuo en la gestión de la seguridad corporativa, adaptado a la realidad y necesidades de cada organización.
Ver servicio→Planes de Prevención Penal
Diseño e implantación de modelos de cumplimiento penal para la prevención de delitos corporativos.
Ver servicio→Protección contra actos antisociales
Análisis y gestión del riesgo ante fraude interno, estafas, bajas laborales irregulares y pérdida desconocida.
Ver servicio→¿Su establecimiento necesita un Director de Seguridad habilitado?
La Ley 5/2014 de Seguridad Privada establece qué establecimientos requieren Director de Seguridad habilitado. Si su organización está en ese supuesto y no lo cubre, está incumpliendo la normativa. La figura externa le da cumplimiento inmediato con la máxima flexibilidad.